¿Eres profesor del Servicio Profesional Docente y quieres saber cómo será tu jubilación? Con toda seguridad la pregunta que todos nos hacemos más a menudo cuando pensamos en el futuro es: ¿cuánto voy a cobrar cuando me jubile?
Actualmente sabemos que el sistema de pensiones en México se muestra insuficiente para garantizar una pensión adecuada a los jubilados. ¿Cuánto tengo que ahorrar hoy para mantener mi nivel de vida en el futuro? Sin duda, una pregunta que requiere tomar decisiones estratégicas importantes, antes de asumirte y ser maestro por ejemplo de clase de español secundaria.
En este artículo, vamos a dar respuesta a cuestiones como: a qué edad te puedes jubilar, los años que debes cotizar para cobrar la pensión, cómo jubilarte anticipadamente y cómo saber cuánto vas a cobrar cuando te jubiles y esto es algo que definitivamente nadie te dijo o enseñó antes de dedicarte a esta profesión.
Descubre también cómo aumenta el sueldo de maestros y profesores y cuánto gana un profesor en el sistema público versus los sueldos dando clases privadas.
Edad de jubilación de maestros
La edad de jubilación de los profesores cuenta con ciertas especificidades que los diferencian del resto de trabajadores. Veamos cuáles son.
Los profesores tendrán derecho a una pensión por jubilación equivalente al 100% del último sueldo devengado, siempre y cuando cuenten con 30 años de servicio los hombres y 28 años las mujeres.
El gobierno ha anunciado que la edad de retiro para los maestros ya no aumentará. Se busca congelar la edad mínima de jubilación en los siguientes términos:
- 58 años para los hombres
- 56 años para las mujeres
Es importante tener en cuenta que, además de la edad, también se consideran los años de servicio para la jubilación.
Las pensiones de los docentes, al ser trabajadores del Estado, están a cargo del ISSSTE. En 2007 entró en vigor la reforma a la nueva Ley del ISSSTE, la cual determina la transición de un esquema de reparto a otro de cuentas individuales. Por tanto, el Instituto cuenta con tres tipos de pensionados:
- Ley abrogada de 1983, la cual considera la jubilación a partir de los 30 años de servicio para los hombres y 28 para las mujeres. Los trabajadores y patrones aportaban alrededor de 8% de su salario para seguridad social. Al cumplir con los requisitos de jubilación o retiro, el trabajador recibe una pensión equivalente al 100% del sueldo del último año trabajado. Este régimen aplica a los docentes que ingresaron al servicio antes de la entrada en vigor de la Ley del ISSSTE de 2007.
- Décimo Transitorio, son aquellos que mantienen los derechos de la ley abrogada de 1983, pero el porcentaje de cuotas y aportaciones a la seguridad social aumenta a 13.52%. La edad mínima para pensionarse se incrementaba un año cada dos años. Se tenia previsto que para el periodo 2026-2027 subiría un año más, y en 2028 llegaría a 60 y 58 respectivamente. Sin embargo, la edad de retiro para los maestros ya no aumentará.
- Cuentas individuales o contribución definida, es el esquema en que el monto de pensión depende de los recursos acumulados por cada trabajador en su cuenta individual a lo largo de su vida laboral. Este régimen aplica a los docentes que ingresaron al servicio después de la entrada en vigor de la Ley del ISSSTE de 2007.
El último esquema de jubilación se basa en el saldo acumulado en la cuenta individual del trabajador, administrada por una AFORE.
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La jubilación anticipada
En México, la jubilación anticipada es la posibilidad de retirarse del trabajo y recibir prestaciones de jubilación antes de la edad convencional de retiro.
Para obtener la pensión de retiro anticipado bajo el Régimen de la Ley del Seguro Social de 1997, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Tener menos de 60 años.
- Tener un mínimo de 1,000 semanas de cotización en el Régimen Obligatorio del Seguro Social.
- Que los recursos de la cuenta individual sean suficientes para el retiro.
- Causar baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Estar privado de trabajo remunerado.
Para acceder a la jubilación anticipada, el monto de la pensión calculada debe ser al menos un 30% mayor que el monto garantizado por el gobierno (Pensión Mínima Garantizada). Además, si el asegurado tiene beneficiarios, la pensión también debe cubrir el seguro de sobrevivencia para ellos.
Para realizar el trámite de pensión, si vives en la Ciudad de México y el Estado de México, se debe acudir a la Subdelegación del IMSS que corresponda y presentar la Solicitud de Pensión.
Los expertos en el tema sugieren tomar asesorías antes de acudir al IMSS, ya que puedes obtener una negativa de pensión.
Cómo saber cuánto vas a cobrar cuando te jubiles
¿Y cuánto voy a cobrar si al dejar el servicio profesional docente? La respuesta a esta pregunta varía en función de factores como el régimen de pensiones bajo el cual cotizaste, tus años de servicio y tu salario base.
Si cotizaste bajo la Ley del ISSSTE de 1983 (Ley abrogada), puedes jubilarte con el 100% de tu último salario si cumples con los años de servicio requeridos (30 años para hombres y 28 para mujeres).
Si estás en te encuentras en el Décimo Transitorio, este régimen mantiene los derechos de la ley de 1983, pero con un aumento en las cuotas de seguridad social.
En el esquema de cuotas individuales, el monto de tu pensión dependerá del saldo acumulado en tu cuenta individual a lo largo de tu vida laboral.
Es importante recalcar que existe un tope en las pensiones del sector público, equivalente a 10 veces el salario mínimo. Esto puede afectar a los maestros con salarios más altos.
La Ley del ISSTE de 1983 toma en cuenta el promedio del salario base del último año cotizado. Es decir, si ganabas 10 mil pesos, recibirás el 100% de tu último salario (10 mil pesos).
El ISSSTE (Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado) es la institución encargada de administrar las pensiones de los maestros en México. Te recomendamos visitar su sitio web para obtener información sobre jubilaciones.
Cuanto gana un maestro de primaria jubilado
Nuevamente, para saber cuánto gana un maestro jubilado, es necesario saber el régimen en el que se encuentran pensionados.
Hablemos del caso de la Ley 73 del IMSS.
La Ley 73 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es el régimen de pensiones que aplica a los trabajadores que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997.
Las características principales son las siguientes:
- Contar con un mínimo de 500 semanas de cotización registradas ante el IMSS.
- Estar dentro del período de conservación de derechos, que es un lapso definido por el IMSS como la cuarta parte del tiempo cubierto por las cotizaciones semanales, iniciado a partir de la fecha de baja.
El monto de la pensión se calcula con base en el salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente los últimos 5 años de trabajo).
Además, la edad de jubilación influye en el porcentaje de la pensión:
- A los 65 años, se recibe el 100% de la pensión.
- Entre los 60 y 64 años, se recibe un porcentaje menor, que va del 75% al 95%.
Cada año, el IMSS incrementa el monto de sus pensiones, el cual se actualiza con base a la inflación.
Las pensiones mínimas que otorga el IMSS no pueden estar por debajo del salario mínimo vigente, que en 2025 es superior a los $8,474 pesos.
Este es un ejemplo de pensión de un maestro jubilado.
La principal diferencia con la Ley 97, que aplica a quienes comenzaron a cotizar después del 1 de julio de 1997, es que en esta última el monto de la pensión depende del saldo acumulado en la cuenta individual de la Afore.
Pensión por Régimen 97
Como mencionamos, bajo este régimen, la pensión dependerá exclusivamente del saldo acumulado en tu cuenta Afore.
Este saldo se compone de las aportaciones del trabajador, del empleador y del gobierno, así como de los rendimientos generados por la Afore.
Factores que Influyen en el monto de la pensión:
- Años de cotización: A mayor número de años cotizados, mayor será el saldo acumulado.
- Salario: Los salarios más altos generan mayores aportaciones a la AFORE.
- Rendimientos de la AFORE: Los rendimientos que genere la AFORE a lo largo de la vida laboral del trabajador también influyen en el saldo final.
- Modalidad de pensión elegida: El trabajador puede elegir entre diferentes modalidades de pensión, como renta vitalicia, retiro programado o pensión mínima garantizada, lo que afectará el monto mensual recibido.
En 2025, requerirás un mínimo de 850 semanas de cotización. De acuerdo con la Ley del Seguro Social, a partir de 2022 el requisito de semanas cotizadas se incrementará cada año en 25 semanas hasta llegar a 1,000 semanas en 2031.
Por otro lado, ¿crees que la movilidad es el mayor problema de los profesores en México?
Jubilación y actividad laboral
La regla general es que no se puede trabajar ni por cuenta ajena, ni por cuenta propia, ni trabajar para la Administración Pública mientras se recibe una pensión de jubilación, pero progresivamente y con el fin de conseguir que se siga alargando la vida laboral de los trabajadores, se han ido incluyendo situaciones en las que se puede trabajar estando jubilado.

Al final existen tantas excepciones que se puede compaginar la jubilación y el trabajo en muchos casos.
La excepciones más importantes son:
- La jubilación parcial: es cuando no se deja de trabajar, si no que se sigue trabajando parte de la jornada y el resto el trabajador se jubila.
- La jubilación flexible: es cuando se puede trabajar mientras que se está jubilado, con una reducción de la pensión en función de la jornada
- Trabajar por cuenta propia: siempre que no se tengan ingresos anuales que superen el límite establecido.
- El trabajo por cuenta propia: siempre que haya jubilado a la edad reglamentaria y se tenga una pensión por el 100% de la base reguladora.
Aunque se esté trabajando, se sigue teniendo la consideración de pensionista, situación importante sobre todo a la hora de la asistencia sanitaria y el pago de medicamentos.
Desde el 17 de marzo de 2013 es posible compatibilizar la pensión de jubilación con un trabajo tanto a tiempo completo como parcial, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- haber accedido a la jubilación en la edad reglamentaria (sin bonificaciones ni anticipaciones de edad)
- que se esté cobrando la pensión por el 100% de la base reguladora
- si se va a trabajar por cuenta ajena la empresa no podrá haber despedido improcedentemente a ningún trabajador del mismo grupo profesional que se va a ocupar en los 6 meses anteriores. Además la empresa tendrá que seguir reglas para el mantenimiento del nivel de empleo.
Como parte de la reforma a la Ley de Pensiones de los Trabajadores de la Educación, se modificó el artículo 62 y ahora los jubilados y pensionados pueden tener un cargo o comisión en dependencias relacionadas con el ramo, y recibir al mismo tiempo su pensión.

Así que, ya sabes cómo funciona la pensión de maestros jubilados. Si quieres seguir trabajando después de jubilarte, puedes seguir haciéndolo. Si no te cansas de transmitir tus conocimientos, puedes seguir ejerciendo como profesor tanto en una academia, escuela o instituto privado, como dar clases por cuenta propia.
Referencias
- Ximena Mejía, Congelarán la edad mínima de jubilación para maestros; reconoce demandas de docentes https://www.excelsior.com.mx/nacional/congelaran-la-edad-minima-de-jubilacion-para-maestros-reconoce-demandas-de-docentes/1706063
- IMSS, Solicitud de Pensión de Retiro https://www.imss.gob.mx/tramites/imss01018
- ISSSTE, Tipos de Pensiones https://www.issste.gob.mx/pensiones/tipospensiones.html
- Gobierno de México, Pensión por Régimen 97 https://www.gob.mx/consar/articulos/por-regimen-de-97






No me saco de dudas sobre cómo se calcula la cuota diaria de pensión
La respuesta está implícita cuando registran cuando recibe uno de manera termestral divida la cantidad entre num de quincenas y la quincena entre el num de días hábiles.
El monto de la pensión es el equivalente al 100% de tu suelfo Base. O sea, el concepto 07.
Se pierden tidos los sobresueldos.
Carrera Magisterial no se pierde
Se pierde en automatico todo lo de carrera magisterial. Si ingresaste äl sista del 2007 a la fecha, te incluyen en el de cuentas individuales y tu pension se basa en lo que ahorres. Los de decimo transitorio con tiempo completo tienen un tope salarial de 10 UMAS POR DIA.
¡Gracias por leernos! Nos encanta recibir los comentarios de nuestra comunidad.
¿Cuánto cobra un maestro jubilado de 30 horas de clase?
El equivalente al promedio de su sueldo los últimos dos años laborados.
cuanto cobraria un trabajador que se jubila a los 25 años de servicio
SOY PROFESOR DE TIEMPO COMPLETO EN UN TECNOLOGICO NACIONAL. TENGO 20 AÑOS DE SERVICIO Y 73 AÑOS DE EDAD. PUEDO JUBILARME PARCIALMENTE AHORA Y QUE PORCENTAJE RECIBIRIA COMO PENSION DE JUBILACION?
bla bla bla
los maestros cobran de pension entre $5,000 al mes hasta $26,000 al mes, en diciembre o enero algunos cobran $45,000, no se a que se deba pero lo he visto, no pregunten por qué lo se pero lo he visto, y estoy casi seguro que hay que cobran mucho mas, podriamos decir que cobran mas de pension que cuando trabajaban, yo lo he visto, nadie me lo ha contado.
Muy cierto. Pues aunque la pensión equivale al 100% del último sueldo , por ningún motivo puede ser mayor al equivalente a 10 UMAs diarias.
Existe un finiquito para los docentes del decimo transitorio de 12 días por cada año trabajado en el sistema federalizado para los docentes de nivel básico?
Demasiado bla bla y no va al grano, cuanto gana un jubilado? Sólo tienen que poner la cifra y ya.
Se gana el equivalente al último sueldo pero no puede ser mayor a 10 UMAs diarias, o sea que la pensión máxima es de $26,800
mensuales más 40 días de aguinaldo.
Me jubile a los 33 años de servicio cotizando al ISSSTE, soy maestra, a cuánto equivale mi sueldo mensual
En Oaxaca, un profesor de primaria que está en el décimo transitorio, cobra al mes, una pensión de alrededor de 11000, porque ese fue su último sueldo promedio. Lo que se quiere saber es cuánto cobraría el mismo maestro si estuviera en cuentas individuales.
Llevo 20 años de servicio
Tengo 43 años de edad.
Puedo jubilarme cuando cumpla 30 años de servicio??
No podrá jubilarse porque no tendrá la edad requerida cuando cumpla sus 30 años de servicio.
Cómo ejemplo le pongo que en 2022 y 2023 la edad requerida para jubilación es de 57 años hombres y 55 mujeres
Usted podrá jubilarse hasta que cumpla los 60 años de edad.
Saque su cuenta para que sepa en año le toca jubilarse
Al menos que para ese tiempo las leyes de pensiones haya cambiado para bien.
Cobraría menos. Indudablemente.
Maestra, la ley dice que si un trabajador permanece en el régimen décimo transitorio, su sueldo es el promedio de lo que haya ganado los dos últimos años. Lo de cuentas individuales, parece que es el 40 por ciento de ese sueldo. Si su sueldo básico mensual era de 20000 pesos, con el décimo transitorio, le corresponden 20000 pesos. Si es con cuentas individuales, entonces le corresponden algo así como 8000 pesos mensuales.
Necesitas acudir a pedir esa información a la DRSE que te corresponde. Allí solicita la “Evolución salarial”.
En Oaxaca, un profesor de primaria que está en el décimo transitorio, cobra al mes, una pensión de alrededor de 11000, porque ese fue su último sueldo promedio. Lo que se quiere saber es cuánto cobraría el mismo maestro si estuviera en cuentas individuales.
Yo quisiera saber yo recibía pensión alimenticia se jubila mi esposo no me avisa y yo no recibo nada nada ,nunca renuncie a ella y al jubilarse no volví a recibir nada es correcto eso?
Se supone que tú debes seguir cobrando lo de tu pensión alimenticia, aún así el se jubile.
No es correcto.
Lo que debe usted saber es que el descuento o pago por PENSION ALIMENTICIA no es AUTOMÁTICO.
Usted tiene que ir al juzgado quién dió la orden de descuento por pensión alimenticia para que le vuelva a dar una nueva orden de descuento y PRESENTARLO al issste en el área de pensiones.
Hola soy profesor y quisiera saber cuanto gana un pencionado del politecnico laborado los 30 años de antiguedad
Hola buen día tengo 36 años de servicio y 56 años de edad, el 16 de diciembre ya debo estar jubilado cuánto ganaría al mes
Muchas felicidades por permitirme agilizar mi investigación, gracias por permitirme su información acerca del tema, estamos en contacto
¡Gracias por leernos Miguel! ¿De qué otro tema te gustaría ver información?
Hola buenas tardes, leí en un artículo que la pensión para los maestros jubilados ya no será en umas, si no como lo establece la ley en salarios mínimos. Cuando se aplicará esta nueva resolución, Los maestros fuimos víctimas de una resolución de un juez que viola lo que ya está establecido en la ley. Eso lo dio a conocer el secretario general del SNTE. Es justo que quienes sirvieron al estado como trabajadores por 30 años o más en esta labor tan noble se les respeten sus derechos. Espero que quienes este a cargo de estos asuntos exijan a quien corresponda se cumpla esta resolución que así lo establece la ley.
Hola Mariano,
Gracias por compartirnos esta información.
Sabemos que este es un tema muy importante para nuestra sociedad.
Te enviamos un saludo.
INFORMACION DE SU AFORE SERIA BUENO PLATICAR
Hola Juan, gracias por escribirnos.
Tomamos nota de tu comentario para un próximo artículo sobre la AFORE.
Mantente al pendiente 😉.
Un saludo 👋.
Es bueno estar informado ya que muchos de nosotros no conocemos información que se nos oculta o no comparten ya que estamos jubilados. Me jubile con 42 años de servicio en este 2024. Aún no se cuánto cobraré mensual.
¡Hola Vidal, gracias por escribirnos! 😎
Aquí te comparto las calculadoras oficiales de la página del Gobierno de México, para que puedas estimar el pago de tu jubilación:
ISSTE: https://www.consar.gob.mx/gobmx/Aplicativo/calculadora/issste/CalculadoraISSSTE.aspx
IMSS: https://www.consar.gob.mx/gobmx/Aplicativo/calculadora/imss/CalculadoraIMSS.aspx
Espero que esta información sea de ayuda 🚀.